Resumen de la Ponencia:
La defensa de los derechos humanos en México, sobre todo en determinados ámbitos como en la defensa de las personas migrantes y personas indígenas, no se puede entender sin la participación de los agentes religiosos. Las Iglesias, los agentes religiosos entendiendo éstos como sacerdotes, religiosas, religiosos, miembros de congregaciones, por años han sido punto focal en la defensa de los derechos humanos. Las iglesias, sacerdotes, parroquias, gracias a su estructura, han podido documentar múltiples violaciones a los derechos humanos, así como plantear estrategias para la defensa de los mismos. Esto se debe en gran parte a una cuestión cultural: México es un país profundamente religioso. De aquí, que gran parte de la población, respeta todavía el liderazgo de los agentes religiosos. Sin embargo, esta defensa de los derechos humanos, también ha tenido límites claros: legislaciones, el Estado mismo, y, en los últimos años, la delincuencia organizada. En este trabajo, buscamos reflexionar sobre los alcances que ha tenido la defensa de los derechos humanos de los agentes religiosos, pero también reflexionar sobre esas tres limitantes. Estudiaremos brevemente al convergencia entre el derecho a la libertad de expresión, el derecho a defender derechos humanos, y las mismas restricciones que se encuentran en la ley; posteriormente, estudiaremos algunas sanciones que el Estado mexicano ha realizado a los agentes religiosos, para finalmente, exponer una de las más grandes limitantes a la que se enfrentan los agentes religiosos: la delincuencia organizada. De esta forma, buscamos comprender los alcances y límites de la defensa de los derechos humanos de los agentes religiosos en México, visibilizar los conflictos a los que se enfrentan a nivel jurídico y político, y dimensionar la importancia y el papel de la defensa de los derechos humanos que hacen los agentes religiosos en México como contrapeso al poder político y jurídico, y a los discursos de odio y discriminación.