Resumen de la Ponencia:
Diversas investigaciones plantean que los programas de subsidios que suministran el cuidado infantil incrementan el ingreso de las mujeres al mercado laboral, en tanto que los subsidios cuya entrega del recurso se realiza de manera directa, promueven que las mujeres se queden en casa para cuidar a sus hijas/os. En el contexto de la ideología de lucha contra la pobreza que caracteriza al actual gobierno mexicano, se analiza la trayectoria política de cuidado infantil de la sustitución del Programa de Estancias Infantiles Sedesol (PEI), que se basa en transferencias indirectas, por el Programa de Apoyo para el Bienestar de Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras (PABNNMT), basado en entregas monetarias directas a las beneficiarias.
Introducción:
Actualmente, México está en un constante proceso de transformación en diversos aspectos, económico, político, social, entre otros, sin embargo, diversas situaciones y/o fenómenos continúan siendo constantes, por ejemplo, el cuidado infantil, considerado como una actividad predominantemente femenina y maternal, cuya justificación está basada en el amor y en el mito del “instinto maternal” (Batthyány, 2015).
En México, como en el resto del mundo, la situación económica exige la salida de las mujeres del hogar para incorporarse en el mercado de trabajo. Al respecto, las estancias infantiles representaban espacios seguros que brindaban servicios integrales de atención para el bienestar y desarrollo infantil.
El Programa de Estancias Infantiles (PEI) de la Secretaría de Desarrollo Social, en adelante SEDESOL, surgió en el año 2007 y cuyo objetivo era disminuir la vulnerabilidad de los hogares con jefatura de madre trabajadora, estudiante o padre solo, promoviendo la participación laboral y/o la continuidad de los estudios, esto a través de la provisión de servicios de cuidado infantil, sin embargo, fue modificado bajo argumentos de corrupción y de lógica neoliberal, sustentando que dicho cambio tenía como fin el ayudar a la gente necesitada y combatir la corrupción, así como evitar tragedias como la de la Guardería ABC en Sonora, por lo que la solución fue la entrega de manera directa el recurso a las y los beneficiarios.
La presente investigación centra su objeto de estudio en la modificación del Programa de Estancias Infantiles el cual suponía una política pública ejecutada mediante un programa social de carácter federal, cuyo principal objetivo era otorgar acceso a servicios de cuidado y atención infantil a menores de 6 años de edad, a padres de familia que no contaran con seguridad social permitiéndoles recibir esta atención en instituciones constituidas para tal efecto como las guarderías, sin embargo, el actual diseño que lleva por nombre Programa de Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños Hijos de Madres Trabajadoras en México, tiene como propósito que los padres de familia se han quienes decidan como utilizar el gasto de dicho recurso otorgado para servicios de cuidado y atención infantil, ya sea en guarderías constituidas como las que operó SEDESOL, o en realizar el pago de dichos servicios de otra forma, como asignar a algún familiar para el cuidado del menor [1].
[1]La propuesta de que el cuidado de los menores retornara al entorno familiar, fue impulsada por el Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, quien refrendado por el entonces Secretario de Hacienda y Crédito Público, Carlos Manuel Urzúa Macías, establecieron como viable el otorgar a los abuelos, un sueldo de $1,600.00 pesos bimestrales (cantidad que representa el subsidio del PBNN) a fin de evitar la dependencia de los padres de familia a las estancias infantiles, pues estos centros fueron considerados como nichos de corrupción. Ver más en: Arvizu, Juan, y Alcántara Suzzete, “Gobierno abre la posibilidad de pagar a abuelos para que cuiden a sus nietos”, El Universal, México, 06 de febrero de 2019, https://www.eluniversal.com.mx/nacion/sociedad/gobierno-abre-la-posibilidad-de-pagar-abuelos-que-cuidende-sus-nietos, [s.p.].
Desarrollo:
Políticas públicas para el desarrollo de la infancia (Programa de Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras - Programa de Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras)
El Programa de Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras, en lo subsecuente PEI, implementó una política pública en materia de desarrollo social, desde el año 2007 al 2018, cuyo objetivo principal radicó en facilitar el acceso a los servicios de cuidado y atención infantil a madres trabajadoras y padres solos, de escasos recursos y sin acceso a seguridad social, que trabajan, buscan trabajo o estudian, con la finalidad de que estos no abandonaran sus estudios y/o pudieran permanecer en el mercado laboral (Bienestar, 2019).
Este Programa se puso en funcionamiento mediante la creación de una red de centros de cuidado y atención infantil denominados Estancias Infantiles, mismos que fueron operados por personas físicas y morales que cumplían con lo establecido por las Reglas de Operación del Programa, que suscribieron un convenio de concertación con la SEDESOL para la prestación de estos servicios, teniendo como contraprestación la recepción de un subsidio.
El Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo en México (por sus siglas PNUD), definió al PEI como: una política pública impulsada por la SEDESOL y el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, en adelante SNDIF, que ofrece atención y cuidado a niñas y niños de madres y padres que estudian, buscan empleo o trabajan, cuyos ingresos no rebasan la línea de bienestar y carecen de acceso a los servicios de cuidado infantil en instituciones públicas de seguridad social. El PEI representa un espacio para que niños y niñas en condiciones de desventaja social cuenten con una opción para su atención y cuidado oportuno (Desarrollo, 2016).
Origen del Programa de Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras
La implementación de este Programa en sus orígenes se encontró a cargo de la SEDESOL y la Comisión de Mejora Regulatoria, entes de la administración pública federal que en el año 2005 realizaron un estudio sobre los servicios de guarderías en México y la necesidad de ampliar la cobertura de estos a los sectores de la población que no cuentan con servicios de seguridad social. Para ello se tuvo como base la Encuesta Nacional de Familia y Vulnerabilidad efectuada en el año 2005 (Instituto Nacional de las Mujeres, 2005).
Los resultados de la encuesta anteriormente referida fueron procesados por la SEDESOL, para la articulación del PEI, dentro de estos resultados se aprecian los anhelos e inclusión de la participación de las mujeres en el mercado laboral, es decir, se evidenció un inminente cambio de rol de la mujer en la sociedad, destacando su deseo de ser económicamente activa mediante la ejecución de un empleo y no únicamente con su participación dentro del hogar.
No obstante, el deseo femenino de incursionar al mercado laboral, conforme a lo señalado por dicha encuesta, se desprendieron los factores que limitaban a las madres de familia a buscar o crear fuentes de empleo, encontrándose entre ellas algunas restricciones respecto al cuidado y atención de sus hijos menores de edad. La limitante con mayor incidencia consistió en la falta de apoyo para el cuidado de sus hijos, la segunda restricción más reiterada fue la falta de confianza en familiares o instituciones para el cuidado de menores (Secretaría de Desarrollo Social, 2008).
De las deducciones efectuadas sobre la base de dicha encuesta, se determinó que la falta de oportunidades y espacios dignos y de calidad para el cuidado y atención infantil eran un factor decisivo para la incorporación del sector femenino al mercado laboral, pues de acuerdo a las cifras del Banco de Información Económica del INEGI, entre el año 2000 y 2008, periodo de creación del PEI, la tasa de desocupación femenina fue del 4% respecto al 2.8% de la desocupación masculina, lo cual puso de manifiesto las condiciones de desigualdad y desventaja de las féminas respecto a los varones para conseguir trabajo (Secretaría de Desarrollo Social, 2008).
Ante este factor, en el año 2007, el Gobierno Federal, por conducto de la SEDESOL, mediante acuerdo de fecha 10 de enero de 2007, publicado en el Diario Oficial de la Federación en esa misma data, emitió las Reglas de Operación del Programa de Guarderías y Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras, para el ejercicio fiscal 2007, comenzando con ello la ejecución de dicha política pública en materia de desarrollo social, atinente a los servicios de cuidado y atención infantil, misma que se implementó de manera ininterrumpida en México a lo largo de poco más de una década (Congreso de la Unión, Acuerdo por el que se emiten y publican las Reglas de Operación del Programa de Guarderías y Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras, para el ejercicio fiscal 2007, 2007).
PEI para Apoyar a Madres Trabajadoras.
Como ha quedado señalado anteriormente, el primer ejercicio fiscal en el que se implementó el PEI fue el año 2007, el cual es considerado el año piloto para la ejecución de esta política pública. En esta anualidad los beneficiarios directos del PEI eran los menores de entre 1 año a 6 años, cuyos padres o tutores se encontraban laborando, estudiando o en busca de un empleo, cuyos ingresos no excedieran de 6 salarios mínimos mensuales y que carecieran de acceso a la seguridad social (Congreso de la Unión, Acuerdo por el que se emiten y publican las Reglas de Operación del Programa de Guarderías y Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras, para el ejercicio fiscal 2007, 2007).
Las condiciones de la Estancia Infantil, en cuanto a su estructura física, no exigieron mayores especificaciones más que capacidad para atender a más de 5 menores, en estos espacios deberían ofrecerse los servicios de cuidado, alimentación y actividades lúdicas. De acuerdo con las Reglas de Operación de este ejercicio fiscal, los servicios señalados no eran considerados como integrales, por lo que se excluyeron del Programa las actividades de estimulación temprana y educativa. El subsidio que otorgaba el Gobierno Federal por los servicios de cuidado y atención infantil era por la cantidad de $700 (setecientos pesos 00/100 M.N.), y era entregado de manera directa a la persona responsable de la Estancia Infantil (Congreso de la Unión, Acuerdo por el que se emiten y publican las Reglas de Operación del Programa de Guarderías y Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras, para el ejercicio fiscal 2007, 2007).
Para el ejercicio fiscal 2008 los cambios más sustanciales dentro de las Reglas de Operación del Programa, consistieron en la separación de edades para admisión de menores en las Estancias Infantiles afiliadas al Programa, es decir, se hizo una distinción clara en los rangos de edad para los menores que recibirían los servicios de cuidado y atención infantil en estas Estancias, clasificándolos en dos grupos, el primero, menores sin discapacidad, cuyas edades oscilan entre el año de edad cumplido hasta los 3 años 11 meses de edad, y para menores con discapacidad, la edad de admisión sería a partir del año de edad hasta los 5 años 11 meses (Diario Oficial de la Federación, 2008).
Con relación a las características del inmueble que alberga la Estancia Infantil, se estableció una capacidad mínima de atención para 10 menores, con un espacio de atención de dos metros cuadrados por niño. Asimismo, se estableció como obligación para las personas responsables de estos centros, su asistencia a capacitaciones impartidas por el SNDIF y por la propia SEDESOL (Diario Oficial de la Federación, 2008).
Una de las grandes modificaciones que implicó la ejecución de este Programa en su segundo año de actividades, consistió en un tabulador para asignar los subsidios por concepto de cuidado y atención infantil, pues dependiendo del ingreso y capacidad adquisitiva calculados en salarios mínimos, sería asignado el monto correspondiente, el cual osciló desde los cuatrocientos cincuenta pesos por niño hasta setecientos pesos por menor, recursos públicos federales que eran asignados de manera directa a la persona responsable de la Estancia Infantil (Diario Oficial de la Federación, 2008).
La ejecución del Programa en el ejercicio fiscal 2009, implicó una serie de cambios de manera específica en la manera en que habrían de capacitarse las personas responsables de las Estancias Infantiles, pues les fue requerida una serie de certificaciones que avalaran su capacidad y conocimientos para ser prestadoras de los servicios de cuidado y atención infantil (Diario Oficial de la Federación, 2008).
En el año 2009, sucedió una de las más grandes tragedias recordadas en nuestro país con relación a los centros de cuidado y atención infantil, el día 06 de junio de ese año, en Hermosillo, Sonora, se registró un incendio en la guardería “ABC” que provocó el deceso de 49 menores. Ante este lamentable suceso, la regulación para aperturas de Estancias y guarderías sufrió una serie de modificaciones tendentes a propiciar un refuerzo en las condiciones de seguridad(CNN, 2011).
Con motivo de dicho acontecimiento, en el ejercicio fiscal 2010, una de las modificaciones más relevantes en el Programa fue la contratación de seguros de accidentes personales, así como la exigencia hacia las personas responsables de las Estancias Infantiles, para su perfil psicológico fuera evaluado con la finalidad de conocer sobre sus habilidades y destrezas en rubros como el manejo de crisis y respuesta ante emergencias, pues si bien les era exigido un estándar de competencia y certificaciones para el cuidado infantil, era necesario conocer la manera en que los encargados de estos centros reaccionan ante contingencias (Gobierno de México, Acuerdo por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa de Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras, para el ejercicio fiscal 2010, 2010).
Para el ejercicio fiscal 2011, el Programa modifica sus criterios de afiliación, pues con base a la demanda del servicio, se determinó la necesidad de ampliar el margen de selección de la población objetivo, pues anteriormente los apoyos que otorgaba este programa eran para hogares cuyos ingresos no superaban los 6 salarios mínimos mensuales per cápita, por lo que a partir de este ejercicio fiscal dicho parámetro fue modificado, con lo que se establece que los servicios serán para padres de familia y/o tutores cuyos ingresos no rebasen los 1.5 salarios mínimos mensuales por persona (Gobierno de México, Acuerdo por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa de Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras, para el ejercicio fiscal 2010, 2010).
Otra de las modificaciones sustanciales realizadas en este ejercicio fiscal dentro del Programa, consistió la incursión de la SEP, como órgano encargado de llevar a cabo la certificación de las personas responsables de Estancias Infantiles en el estándar de competencia EC0024, relativo al cuidado de niñas y niños en centros de cuidado y atención infantil (Gobierno de México, Acuerdo por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa de Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras, para el ejercicio fiscal 2010, 2010).
La reestructuración del PEI en ese año también lo fue de índole económica, pues a este programa le fue asignado un aumento presupuestal que permitió una modificación en los montos que eran otorgados en subsidios por concepto de cuidado y atención infantil, pues de los ejercicios fiscales 2007 a 2010, el monto máximo que era entregado a las personas responsables de Estancias Infantiles era de setecientos pesos por menor (Gobierno de México, Acuerdo por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa de Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras, para el ejercicio fiscal 2010, 2010).
Para el año 2011, tomando en cuenta la clasificación de grupos de menores que recibían los servicios en el marco del PEI, se estimó que el subsidio para cuidado de menores sin discapacidad continuaría con el monto máximo de setecientos pesos, sin embargo, para menores con discapacidad, ese monto se duplicaría, asignándose la cantidad de mil cuatrocientos pesos mensuales por menor, en virtud del gasto que implican los insumos materiales y personales adecuados para otorgarles un servicio pertinente (Gobierno de México, Acuerdo por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa de Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras, para el ejercicio fiscal 2010, 2010).
Finalmente, una vez más se robustecieron las medidas de seguridad exigidas en las instalaciones que fungirían como Estancias Infantiles, por lo que se solicitó a dichos centros contar con un documento denominado Programa Interno de Protección Civil, en el cual la institución local en la materia avalara que dicho inmueble contaba con las especificaciones y medidas de seguridad adecuadas para brindar el servicio (Gobierno de México, Acuerdo por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa de Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras, para el ejercicio fiscal 2010, 2010).
En el ejercicio fiscal 2012, el PEI vuelve a sufrir modificaciones en sus criterios de elegibilidad para ser beneficiario del Programa, pues el ingreso per cápita mensual deja de ser considerado como factor para ser beneficiario, este criterio es reemplazado por la característica de no rebasar la Línea de Bienestar Económico (Gobierno de México, Acuerdo por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa de Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras, para el ejercicio fiscal 2010, 2010) y la falta de servicios de seguridad social.
No obstante, para el cambio de administración federal, en el ejercicio fiscal 2013, el Programa de Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras continúa sus operaciones hasta el año 2018. Asimismo, se acordó llevar a cabo la continuidad del programa para incluirlo dentro de las acciones implementadas en el marco de la Cruzada Nacional Contra el Hambre (CNCH), implementado por el gobierno del Presidente Enrique Peña Nieto (Gobierno de México, Diario Oficial de la Federación, 2013).
Para ese año, la modificación más relevante dentro de las Reglas de Operación del Programa, consistió en el incremento del monto del subsidio, pues no solamente se consideró a las Estancias Infantiles como un lugar para el cuidado de menores en apoyo a las actividades de los padres de familia o tutores, sino que se les consideró como centros de empleo para las responsables de Estancias Infantiles así como para el personal de apoyo y asistentes de las mismas, lo anterior con la finalidad de dar cumplimiento a los objetivos de la CNCH (Gobierno de México, Diario Oficial de la Federación, 2013).
En ese tenor, los montos correspondientes al subsidio por concepto de servicios de cuidado y atención infantil incrementaron de setecientos pesos mensuales, por cuidado de niños sin discapacidad, a un total de ochocientos cincuenta pesos mensuales; y de mil cuatrocientos pesos mensuales por menor con discapacidad a mil setecientos pesos al mes (Congreso de la Unión, 2013).
La ejecución del PEI en el ejercicio fiscal 2014 sufrió modificaciones en el sentido de los requisitos para ser responsable de Estancia Infantil, en virtud que, aunado a la exigencia de encontrarse capacitado en servicios de cuidado y atención infantil, se solicitó a las personas interesadas en operar una Estancia Infantil, el contar con una experiencia práctica acreditada de un mínimo de seis meses. Asimismo, las Reglas de Operación establecieron nuevos aumentos en los montos de los subsidios. Para menores sin discapacidad se incrementaron cincuenta pesos, mientras que para menores con discapacidad se incrementaron cien pesos al subsidio percibido por menor, respecto al ejercicio fiscal 2013 (Congreso de la Unión, Diario Oficial de la Federación, 2014).
En el ejercicio fiscal 2015, se estableció una permanencia de los montos de los subsidios otorgados en el marco del Programa, la variación más significativa para las Reglas de Operación de este año, consistió en la exigencia de un nuevo estándar de competencia, identificado bajo la clave ECO435 relativo a Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral de las Niñas y Niños en Centros de Cuidado y Atención Infantil, cuya aplicación se encontró a cargo del Consejo Nacional de Normalización de Certificación de Competencias Laborales (CONOCER), organismo dependiente de la SEP. El objetivo de esta certificación consistió en evaluar la aptitud del personal de la Estancia Infantil para asumir una participación dentro de la misma (Gobierno de México, Diario Oficial de la Federación, 2014).
Durante el año 2016 el PEI continuó operando con un esquema similar al implementado en el ejercicio fiscal 2015, con la modificación de la incorporación de una evaluación mediante prueba psicométrica aplicable a las personas responsables de Estancias Infantiles, la cual sería realizada por el personal de la SEDESOL, ello en aras de complementar la evaluación del perfil requerido para encontrarse al frente de un centro de cuidado y atención infantil (Gobierno de México, Diario Oficial de la Federación, 2015).
En el año 2017, el PEI cumplió una década ofertando los servicios de cuidado y atención infantil a las familias mexicanas más desprotegidas. Durante este ejercicio fiscal se estableció como uno de los cambios más relevantes a las Reglas de Operación del Programa la prohibición de habilitar Estancias Infantiles en inmuebles de dos plantas, de igual manera, se indicaron especificaciones nuevas respecto al equipamiento de las Estancias (Gobierno de México, Diario Oficial de la Federación , 2016).
El ejercicio fiscal 2018 figuró como un año decisivo para el PEI, pues al momento de publicarse las Reglas de Operación que debían regir al Programa para este ejercicio fiscal, se estableció un nuevo incremento en los montos de los subsidios, respecto al cuidado de niños sin discapacidad se ejerció un incremento de cincuenta pesos, llegando a un total de percepciones de novecientos cincuenta pesos mensuales por menor; mientras que para menores con discapacidad el monto se mantuvo en mil ochocientos pesos mensuales (Gobierno de México, Diario Oficial de la Federación , 2017).
La operación del PEI sufrió modificaciones sustanciales a partir del mes de noviembre de 2018. La reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en su artículo 32, extingue la Secretaría de Desarrollo Social y se crea la Secretaría de Bienestar, lo anterior en el marco del proceso de entrega-recepción de la administración federal 2012-2018, encabezada por el Presidente Enrique Peña Nieto, a la administración federal 2018- 2024 representada por el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Andrés Manuel López Obrador (Congreso de la Unión, 2018).
El PEI como política pública, constituyó una asignación autorizada de presupuesto destinada a propiciar el desarrollo integral de la niñez mexicana mediante la prestación de servicios de cuidado y atención infantil, por lo cual, para su diseño e implementación fue necesario contar con un sustento normativo que le permitiera alcanzar sus fines.
El común denominador de los aspectos que se señalan fue la constante innovación en rubros como capacitación del personal de estancias infantiles, adaptación de nuevas medidas de seguridad y la incursión de nuevos lineamientos conforme a Plan Nacional de Desarrollo del sexenio en curso.
Cancelación del PEI para Apoyar a Madres Trabajadoras
Publicado el acuerdo de fecha 28 de febrero de 209, con el que se abrogó el PEI y se dio paso a la constitución del Programa para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madre Trabajadoras (en lo sucesivo PBNN). La publicación de este acuerdo originó que la emisión de esta nueva política tuviera nuevos lineamientos con los cuales habría de regirse la política social en materia de protección a la infancia como sector vulnerable.
Entre las primeras causas que señaló el Gobierno Federal como motivante para dar por concluido el PEI y crear el PBNN, fueron diversas irregularidades detectadas por la Auditoría Superior de la Federación (ASF) en el manejo de recursos públicos destinados al PEI, así como disparidades entre las condiciones en las que realmente se prestaba el servicio de cuidado y atención infantil, con los propios objetivos planteados en las reglas de operación del programa (Briz, 2019).
De acuerdo con la información proporcionada por la ASF, en su Informe Individual de Resultado de Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2017, desde ese ejercicio fiscal y hasta la conclusión del PEI, se detectaron múltiples observaciones para dicho programa, entre las cuales se encontraron las siguientes:
Carencia de indicadores y metas que permitan cuantificar el desarrollo integral de los menores atendidos con el programa.Restricciones por parte de las personas responsables para que los auditores tuvieran acceso a la documentación necesaria para efectuar el estudio.Falta de certeza en el cumplimiento de medidas de seguridad y de normas de calidad necesarias para la operación de servicios de cuidado y atención infantil.Falta de certeza respecto a que la totalidad del personal que labora en las estancias infantiles se encuentra capacitado para realizar sus funciones.
En cuanto al presupuesto asignado para el ejercicio fiscal 2017, se detectaron discrepancias por el 1.8% del presupuesto asignado, en virtud que no se pudieron comprobar determinados depósitos realizados a presuntas cuentas bancarias de personas responsables de estancias infantiles a nivel nacional.
Los argumentos vertidos por la ASF sirvieron como sustento para que el Ejecutivo Federal determinara realizar reducciones presupuestarias al ahora PBNN. Entre sus principales posicionamientos se encontró que previa a la creación de este nuevo programa, durante la ejecución del PEI se detectaron actividades de corrupción en la asignación de recursos.
Esta disparidad en el ejercicio de recursos se refirió a la existencia las denominadas estancias infantiles fantasma o niños fantasmas, es decir, menores y estancias infantiles que recibían recursos públicos con motivo de los subsidios de servicios de cuidado y atención infantil, pero que, durante las visitas de supervisión de la SEDESOL, el DIF y la ASF no fueron localizados físicamente (Política, 2019).
Con relación al número de niños fantasma que fueron detectados por la Secretaría de Bienestar, se estima que la cifra asciende a un total de 97,180 menores, cuyas principales incidencias son datos personales incongruentes, cambio de domicilio o residencia de los menores, su inexistencia, y en algunos casos, defunción (Político, 2019).
Respecto a las estancias infantiles fantasma, se señaló que el personal de la Secretaría de Bienestar realizó visitas de supervisión a diversos inmuebles que se tenían registrados como estancias infantiles, sin embargo, de la muestra analizada, se observó que el 4% se encontraban cerradas sin prestar ningún tipo de servicio (Político, 2019).
Por otra parte, la Secretaría de Bienestar advirtió una red de corrupción en los criterios para asignar los Convenios de Concertación para que particulares pudieran ofrecer los servicios de cuidado y atención infantil en conjunto con la SEDESOL. Ello en virtud que se detectaron una serie de prestanombres que eran utilizados para que una sola persona física pudiera contar con más de una estancia infantil, sin que su nombre se viera involucrado en duplicidades (Político, 2019).
Esta práctica generaba que una sola persona pudiera ser propietaria de varias estancias infantiles, pero para efectos administrativos la estancia infantil se encontraba a nombre de otra persona, con lo cual podían realizarse acciones de evasión de responsabilidades de diversa índole.
Bajo esta serie de argumentaciones, el Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, decidió dar por concluido el Programa de Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras, no obstante, de que dentro del PEF 2019 se encontró autorizado presupuesto para dicho ejercicio fiscal.
Esta situación agudizó el malestar y la serie de inconformidades que fueron presentadas por uno de los sectores afectados de manera mayoritaria con esta determinación administrativa: las personas responsables de estancias infantiles, pues conforme a la emisión de las reglas de operación del ahora PBNN, dicha figura desapareció, conforme se analizará a continuación.
Conclusiones:
La cancelación del Programa de Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras, vulneró desde la esfera administrativa la tutela y protección de la niñez, dado que el fundamento que motivó el cese de sus funciones se debió a factores de índoles político y administrativo.
El cese de operaciones del Programa de Estancias Infantiles producirá un cambio en la dinámica social y familiar en México, en razón de que se advierte una serie de violaciones a derechos de tipo social, cultural y económico que inciden en la calidad y oportunidades de vida para los menores de edad y padres de familia que no cuentan con medios económicos para acceder a los servicios de cuidado y atención infantil mediante instituciones de seguridad social, o en su caso, instituciones privadas.
Con la extinción de esta política pública de corte social, se generó la pérdida de empleos del personal que desempeñaba sus funciones dentro de las estancias infantiles que se encontraban afiliadas al PEI mediante Convenio de Concertación, suscrito entre operadores y la entonces Secretaría de Desarrollo Social.
La determinación de llevar a cabo la cancelación de este programa, implica la regresión de los servicios de cuidado y atención infantil a esquemas tradicionales, en los cuales la innovación en materia de estimulación temprana y de seguimiento en el desarrollo integral del menor es nula, o en su caso carece de profesionalización.
El cierre de estancias infantiles en todo el país, representa el surgimiento de nuevas limitaciones para el desarrollo personal y profesional de los padres de familia, pues al carecer de estos espacios, su desenvolvimiento en áreas diversas al ámbito familiar puede tornarse complicado ante la falta de medios para el cuidado y atención de sus hijos.
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Palabras clave:
Cuidado infantil, Programa de Estancias Infantiles Sedesol, Programa de Apoyo para el Bienestar de Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras.