Brasil -
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Resumen de la Ponencia:
En plena pandemia, se aprobó el “nuevo” marco para el saneamiento básico brasileño, la ley 14.026/2020. Esta ley promovió cambios en varias otras leyes, entre ellas: la ley n. 9.984/2000, que creó la Agencia Nacional del Agua (ANA); ley nro. 10.768/2003, que trata del personal de la ANA; ley nro. 11.107/2005, que prevé los consorcios públicos; ley nro. 11.445/2007, que estableció la Política Nacional de Saneamiento Básico; ley nro. 12.305/2010, que trata sobre la disposición final de relaves; la ley 13.089/2015, que prevé las regiones metropolitanas; ley nro. 13.529/2017. Como se puede apreciar, se trata de una norma federal que promueve un amplio cambio en el marco legal, no siendo un mero tratamiento “cosmético”, sino un procedimiento de profunda transformación en el sector. Es cierto que las cifras de acceso a saneamiento en el país son pobres, tanto en las ciudades como en las comunidades rurales. Pensando en términos regionales, más de 100 millones de personas no tienen acceso a recolección y tratamiento de aguas residuales, y la mayoría de estos servicios son proporcionados por proveedores públicos. Esto lleva a la falsa conclusión de que el problema radica en la prestación de los servicios por parte de las empresas públicas y que la solución sería abrir ampliamente el sector a los proveedores privados en sus diversas modalidades. Por ello, entendemos la necesidad de profundizar el debate analizando los primeros efectos de la nueva ley que modifica la política nacional de saneamiento. Por lo tanto, esta propuesta tiene como objetivo presentar los resultados de la investigación realizada en el grupo PRIVAQUA, un grupo de estudio vinculado a la FioCruz en colaboración con la Universidad Federal de Campina Grande. El tema central a abordar será sobre el modelo de regionalización del saneamiento y sus controvertidos lineamientos que apuntan a un proceso de debilitamiento del saneamiento y de participación y no de universalización. Esta nueva ley aborda el pacto federativo nacional de manera muy controvertida, mitigando el rol municipal en las decisiones sobre saneamiento y trayendo incertidumbres sobre la universalización en regiones y municipios más vulnerables socioambientalmente. Ciertamente, la pandemia desvió la atención necesaria que demandaba el tema hacia una discusión amplia sobre el saneamiento urbano y rural en el país y las implicaciones de adoptar otro modelo. Así, pretendemos abordar 4 casos específicos de regionalización en diferentes etapas de implementación, entre ellos: el caso de Río de Janeiro, el caso de Alagoas, el caso de Paraíba y, finalmente, el caso de Minas Gerais.
Introducción:
Nuestro objetivo es analizar la importancia de la financiarización para avanzar en la privatización del saneamiento básico en América Latina, específicamente en Brasil; Revisar cómo la financiarización ha abordado los servicios de saneamiento en los centros urbanos, analizar los casos más emblemáticos que sirvan de paradigma para entender el sector saneamiento financiarizado. La investigación tuvo algunas etapas, entre ellas: Análisis de cuáles son las empresas sanitarias que cotizan en Bolsa; se verificó cómo estas empresas están posicionadas en América Latina; se realizó una investigación bibliométrica de la literatura especializada en inglés y español que trata sobre la financiarización del saneamiento. El tema de la financiarización es muy debatido y estudiado, y es posible verificar una vasta producción académica. En el campo del urbanismo es posible identificar una amplia experiencia en el mismo. Sin embargo, aún es posible percibir posibilidades de avance cuando el tema central es la “financiarización del saneamiento”, ya que aún se necesitan estudios en este prisma. En este punto, se percibe una tensión entre el saneamiento como derecho social y como mercancía, en una lógica financiarizada. La pregunta propuesta en esta investigación es verificar ese avance de la financiarización sobre el saneamiento, o sea, cómo se está dando ese proceso, teniendo como campo de análisis la liberalización en ese sector en Brasil. De hecho, hay impactos en la realización del saneamiento como un derecho humano y social en países como Brasil, que tienen un amplio espectro de personas vulnerables en áreas urbanas y rurales. Así, dos hipótesis deben ser planteadas en este estudio: 1) Que la financiarización del saneamiento no es capaz de cumplir con la universalización del derecho humano al saneamiento; 2) Este proceso de financiarización solo incluye los centros urbanos, siendo secundarios los espacios rurales. En 2020, la Ley No. 14.026, denominado nueva ley de saneamiento. Esta ley trajo consigo una amplia reforma del sector saneamiento, abriendo claramente un espacio para que el sector privado actuara en la provisión de servicios de saneamiento a la población. Esta ley hace obligatoria la licitación pública sin privilegios para las empresas estatales, que realizan la mayor parte de la provisión de saneamiento a la población, eliminando el contrato programa y el subsidio cruzado. Las primeras subastas del sector, específicamente en el Estado de Alagoas, noreste de Brasil, en el Estado de Río de Janeiro, Sudeste de Brasil, y en Amapá, Norte de Brasil, ya indican el perfil de los prestadores de servicios, especialmente en zonas urbanas, grandes empresas que tiene a sus espaldas a grandes inversores, o una pulverización de las mismas en bolsa, por ejemplo. Existía un fuerte potencial de incumplimiento de las metas establecidas por el ODS 6 de Naciones Unidas, cuanto a la universalización del saneamiento.
Desarrollo:
Problema planteado, principales hipótesis y resultados
El tema de la financiarización es muy debatido y estudiado, y es posible verificar una vasta producción académica. En el campo del urbanismo es posible identificar una amplia experiencia en el mismo. Sin embargo, aún es posible percibir posibilidades de avance cuando el tema central es la “financiarización del saneamiento”, ya que aún se necesitan estudios en este prisma. En este punto, se percibe una tensión entre el saneamiento como derecho social y como mercancía, en una lógica financiarizada. La pregunta propuesta en esta investigación es verificar ese avance de la financiarización sobre el saneamiento, o sea, cómo se está dando ese proceso, teniendo como campo de análisis la liberalización en ese sector en Brasil. De hecho, hay impactos en la realización del saneamiento como un derecho humano y social en países como Brasil, que tienen un amplio espectro de personas vulnerables en áreas urbanas y rurales. Así, dos hipótesis deben ser planteadas en este estudio: 1) Que la financiarización del saneamiento no es capaz de cumplir con la universalización del derecho humano al saneamiento; 2) Este proceso de financiarización solo incluye los centros urbanos, siendo secundarios los espacios rurales. En 2020, la Ley No. 14.026, denominado nueva ley de saneamento en Brasil fue criada. Esta ley trajo consigo una amplia reforma del sector saneamiento, abriendo claramente un espacio para que el sector privado actuara en la provisión de servicios de saneamiento a la población. Esta ley hace obligatoria la licitación pública sin privilegios para las empresas estatales, que realizan la mayor parte de la provisión de saneamiento a la población, eliminando el contrato programa y el subsidio cruzado. Las primeras subastas del sector, específicamente en el Estado de Alagoas, noreste de Brasil, en el Estado de Río de Janeiro, Sudeste de Brasil, y en Amapá, Norte de Brasil, ya indican el perfil de los prestadores de servicios, especialmente en zonas urbanas, grandes empresas que tiene a sus espaldas a grandes inversores, o una pulverización de las mismas en bolsa, por ejemplo.
Si buscamos en la literatura solo la palabra “derechos humanos”, probablemente solo tendremos un conjunto de artículos que abordan explícitamente este tema. Esto se hizo como una prueba en el presente enfoque. Sin embargo, los derechos humanos se reflejan de manera difusa en diferentes prácticas, normas, acciones, etc. A partir del reconocimiento del derecho humano al agua y al saneamiento, estos derechos se abordan a través de las cinco dimensiones normativas de los derechos humanos al agua y al saneamiento.
Por lo tanto, esta expresión amplia debe tener en su significado las siguientes expresiones clave: disponibilidad, es decir, acceso al agua y al saneamiento; segundo, debe tener accesibilidad física, es decir, los servicios de agua y saneamiento deben ser accesibles para todos en forma permanente; el tercer componente se refiere a la calidad y seguridad, es decir, el agua debe ser apta para el consumo humano y otros usos; La asequibilidad es fundamental, es decir, el acceso al agua y al saneamiento no debe obstaculizar la capacidad de pagar otras necesidades; la aceptabilidad se refiere a las instalaciones de agua y saneamiento que deben ser culturalmente aceptables. La siguiente tabla desglosa el contenido normativo de los derechos humanos para una mejor visualización de los conceptos. Es importante consultar la Tabla 2.Tabla 2 – Dimensiones del derecho humano al agua y al saneamiento
Contenido normativo
Definición
Aceptabilidad, privacidad y dignidad
Las instalaciones de agua y saneamiento no se utilizarán si no cumplen con los estándares sociales o culturales de las personas a las que deben servir. La aceptabilidad tiene implicaciones importantes para la dignidad y la privacidad, que son en sí mismos principios de derechos humanos que impregnan el derecho internacional de los derechos humanos, y son especialmente relevantes para el derecho humano al saneamiento y la higiene asociada.El agua debe tener un olor, sabor y color aceptables para satisfacer todos los usos personales y domésticos. La propia instalación de agua debe ser aceptable para el uso previsto, especialmente para la higiene personal. Las instalaciones sanitarias solo serán aceptables para los usuarios si el diseño, ubicación y condiciones de uso son apropiados para las culturas y prioridades de las personas. Las instalaciones sanitarias que son utilizadas por más de una familia siempre deben estar separadas por sexo y construidas de tal manera que garanticen la privacidad. Los baños para mujeres y niñas deben tener instalaciones para el manejo de la higiene menstrual y para desechar los materiales menstruales. Particularmente con respecto al saneamiento y la higiene asociada, existen numerosas prácticas que son inaceptables desde una perspectiva de derechos humanos. Estos incluyen la limpieza manual de los desechos y los tabúes asociados con las mujeres y las niñas durante la menstruación.
Accesibilidad
La infraestructura de agua y saneamiento debe ubicarse y construirse de manera que sea genuinamente accesible, considerando a las personas que enfrentan barreras específicas, como niños, adultos mayores, personas con discapacidad y personas con enfermedades crónicas. Los siguientes aspectos son particularmente importantes:Diseño de las instalaciones: Las instalaciones de agua y saneamiento deben diseñarse de tal manera que los usuarios puedan llegar físicamente a ellas en todo momento. El tiempo y la distancia que lleva recolectar agua o llegar a un baño determina la cantidad de agua que recolectarán los usuarios y si usarán el baño o defecarán al aire libre. Siempre es preferible el acceso desde el hogar, pero en el proceso de realización progresiva, las soluciones provisionales, como los puntos de agua de uso comunitario, pueden, en el corto plazo, cumplir con las obligaciones de derechos humanos.Ubicación de las instalaciones: Crucial para garantizar la seguridad física de los usuarios. Las instalaciones sanitarias, en particular, deben ser de fácil acceso a través de vías seguras; es preferible que estas instalaciones y caminos estén bien iluminados por la noche.
Asequibilidad
Las personas deben poder pagar los costos de sus servicios de agua y saneamiento, así como la higiene asociada a ellos. Esto significa que el precio pagado para satisfacer todas estas necesidades no debe limitar la capacidad de las personas para adquirir otros bienes y servicios básicos garantizados por otros derechos humanos. Aunque los derechos humanos no exigen que los servicios se proporcionen de forma gratuita, los Estados tienen la obligación de proporcionarlos de forma gratuita o de crear mecanismos de subvención adecuados para garantizar siempre la asequibilidad de los servicios a los más pobres.
Disponibilidad
La disponibilidad requiere que las instalaciones de agua y saneamiento satisfagan las necesidades de las personas ahora y en el futuro.El suministro de agua debe ser suficiente y continuo para los usos personales y domésticos.Debe haber un número suficiente de instalaciones de saneamiento para garantizar que se satisfagan las necesidades de cada persona. Cuando las instalaciones sean compartidas, se deben evitar largos tiempos de espera. Además, se debe garantizar la recolección, transporte, tratamiento y eliminación (o reutilización) de los desechos humanos, y la higiene asociada a estos procedimientos.Debe haber instalaciones que cumplan con los requisitos de higiene dondequiera que se ubiquen retretes y letrinas, donde se almacene agua y donde se preparen y sirvan alimentos, en particular para el lavado de manos, el manejo de la higiene menstrual y el manejo de las heces de los bebés. Las instalaciones y los servicios de agua, saneamiento e higiene deben estar disponibles no solo a nivel del hogar, sino en todos los lugares donde las personas pasan una cantidad significativa de tiempo. Esto incluye instituciones educativas y de salud como clínicas y escuelas, centros de detención como prisiones y lugares de trabajo, mercados y otros lugares públicos.
Calidad y Seguridad
Es necesario garantizar la calidad y seguridad de los servicios de agua y saneamiento para proteger la salud de los usuarios y del público en general.El agua debe ser de calidad segura para el consumo humano (para beber y preparar alimentos) y para la higiene personal y doméstica. Debe estar libre de microorganismos, químicos y peligros radiológicos que representen una amenaza para la salud humana. Las instalaciones sanitarias deben ser seguras de usar y deben prevenir de manera efectiva el contacto humano, animal e insecto con los desechos humanos para garantizar la seguridad y proteger la salud de los usuarios y la comunidad. Los baños deben limpiarse periódicamente y contar con instalaciones higiénicas para lavarse las manos con agua y jabón. Las mujeres y las niñas también requieren instalaciones que permitan la gestión de la higiene menstrual, incluida la eliminación de productos menstruales. Garantizar un saneamiento seguro también requiere promover la educación en higiene para garantizar que las personas usen los baños de manera higiénica.
Responsabilidad
La rendición de cuentas es el proceso mediante el cual las personas que viven bajo la jurisdicción de un Estado pueden garantizar que los Estados están cumpliendo con sus obligaciones con respecto a los derechos humanos al agua y al saneamiento. La responsabilidad cubre dos áreas importantes:Primero, establece mecanismos de monitoreo y otros mecanismos de control para los diferentes actores responsables de garantizar el acceso a los servicios de agua y saneamiento. Esto incluye monitorear los niveles de servicio y el cumplimiento de estándares y metas, así como monitorear qué individuos o grupos tienen acceso a servicios adecuados de agua y saneamiento y cuáles no. La rendición de cuentas requiere que las personas o grupos que creen que sus derechos humanos han sido violados tengan acceso a la justicia u otros mecanismos de revisión independientes para que sus quejas puedan ser escuchadas y resueltas. El acceso a la justicia puede adoptar muchas formas, desde procedimientos administrativos de denuncia hasta procedimientos judiciales a nivel local, nacional, regional e internacional. Integrar la rendición de cuentas en la realización de los derechos humanos al agua y al saneamiento requiere definir mandatos institucionales, aclarando exactamente quién es responsable de cada paso del proceso. Las medidas y decisiones tomadas bajo estos mandatos deben luego ser monitoreadas o reglamentadas. Cuando los proveedores de servicios y las instituciones estatales incumplen con sus deberes, las instituciones de control, como los organismos reguladores y los tribunales, deben contar con mecanismos para exigir el cumplimiento de las normas, a través de procedimientos de queja o procesos judiciales. Los procedimientos de rendición de cuentas también pueden cuestionar y conducir a la corrección de leyes, reglamentos o políticas al identificar fallas sistémicas que generan impactos discriminatorios o perpetúan las desigualdades en el acceso a los servicios de agua y saneamiento.
Equidad y non discriminación
Los principios de no discriminación e igualdad reconocen que las personas enfrentan diferentes barreras y tienen diferentes necesidades, ya sea por características inherentes o como resultado de prácticas discriminatorias, y por lo tanto necesitan apoyo o trato diferente. El derecho internacional de los derechos humanos a veces exige que los Estados partes tomen medidas positivas para reducir o eliminar las condiciones que causan o perpetúan la discriminación. Para lograr la igualdad en la provisión de servicios de agua y saneamiento, los Estados deben trabajar para eliminar las desigualdades existentes. Esto requiere el conocimiento de las disparidades en el acceso, que normalmente existen no solo entre y dentro de los grupos con diferentes ingresos, sino también entre y dentro de las poblaciones rurales y urbanas. También existen disparidades basadas en el sexo y la exclusión de personas o grupos desfavorecidos.
Sustentabilidad
El agua y el saneamiento deben garantizarse de manera respetuosa con el medio ambiente y asegurando un equilibrio de las diferentes dimensiones de la sostenibilidad económica, social y ambiental. Los servicios deben estar disponibles de manera sostenible para las generaciones presentes y futuras, y la provisión de servicios hoy no debe comprometer la capacidad de las generaciones futuras para ejercer sus derechos humanos al agua y al saneamiento.Es importante asegurar una inversión suficiente en la operación y mantenimiento de los servicios existentes.
Universalidad
todos tendrán acceso a agua de calidad dentro de los supuestos establecidos aquí
Participación
Los derechos humanos al agua y al saneamiento solo pueden realizarse de manera efectiva a través de la participación plena, libre y significativa en los procesos de toma de decisiones de aquellos afectados por las decisiones. La participación asegura una mejor implementación y aumenta la eficacia y sostenibilidad de las intervenciones, ofreciendo la posibilidad de transformación social. La participación debe ser parte de cualquier política, programa o estrategia relacionada con el agua o el saneamiento, y los individuos y grupos interesados deben estar informados sobre los procesos participativos y cómo funcionan.
Acceso a la información
Los Estados deben ser transparentes y abiertos, realizando el derecho humano de acceso a la información.Las personas y los grupos deben ser conscientes de sus derechos y también saber cómo reclamarlos. Los Estados deben garantizar que la información relacionada con las normas, así como el progreso realizado para lograr esas normas, esté disponible y sea accesible, y que los mecanismos utilizados (incluidas las opciones de prestación de servicios) para garantizar que estas normas se cumplan realmente estén disponibles y accesibles para todos. . La transparencia establece un acceso abierto a la información sin necesidad de solicitudes directas; por ejemplo, a través de la difusión de información vía radio, internet y diarios oficiales.
Así, es posible que esta concepción humanitaria del acceso al agua y al saneamiento choque con una visión de mercado de estos servicios que involucran bienes esenciales para la vida y el pleno desarrollo de la sociedad. Como sector vital para la sociedad, sin duda resulta atractivo para la inversión privada, además de posibilitar la apertura del capital de estas empresas al mercado de valores.Según Alves y Britto (2022), es importante señalar un aspecto común entre los proyectos de privatización en el sector saneamiento, uno de los cuales son las políticas de austeridad fiscal propugnadas por organismos financieros multilaterales en el marco de una agenda de reformas sociales y económicas y adoptadas por los gobiernos políticas conservadoras, que consisten en reducir significativamente los gastos e inversiones públicas, y crear un ambiente favorable para los inversionistas privados, buscando formas alternativas de prestar los servicios públicos, principalmente a través de la privatización y la tercerización, interpretando esta acción como una reducción de costos. Sin embargo, no hay evidencia de que la provisión privada de servicios de saneamiento sea más barata que los servicios públicos, ya sea en países desarrollados o en vías de desarrollo.Otro aspecto común, según Almeida y Húngaro (2021) es precisamente la financiarización, que para los autores es la superposición e influencia de los sistemas bancarios y de inversión en los sectores de la construcción civil, la infraestructura y la industria, por ejemplo. En el caso del saneamiento, los contratos entre los proveedores de servicios y el gobierno serán el principal objetivo de la financiarización, a través de la apertura de capital de las empresas públicas o la propia privatización. La financiarización y la austeridad fiscal están íntimamente relacionadas en las sociedades capitalistas actuales. Según Admati (2017), en el contexto de la financiarización, se necesita un conjunto de actores, incluidos gobiernos, bancos centrales, instituciones académicas y de medios, para que los incentivos distorsionados persistan y pongan en riesgo los intereses públicos. Por lo tanto, lo que está sucediendo no es un simple fenómeno que trajo resultados negativos para la comunidad solo por culpa de las empresas privadas, sino que hay una red de factores causales.Además, es importante resaltar que la participación del sector privado en el campo del saneamiento puede interpretarse como parte del proceso de financiarización que tuvo lugar en la producción del propio espacio urbano (Kuhn y Faustino, 2019). Así, la producción del espacio urbano, donde se inserta el saneamiento, se incorpora al proceso de valorización del capital en múltiples escalas. Otro aspecto que se puede destacar como principales características de esta dinámica global de financiarización, además de los ya presentados anteriormente, es la transformación de cualquier flujo financiero estable en un valor negociable y, por tanto, especulación en cualquier mercado secundario. Las obras de infraestructura urbana como el saneamiento pueden entrar en este rol cuando se convierten en activos de clase financiera, tras la acción de intermediarios financieros que logran extraer valor de activos de baja liquidez, transformándolos en activos líquidos, a través de su ingreso al mercado financiero (Pryke y Allen, 2017).Además, la evidencia muestra que se está avanzando hacia la ampliación de la lista de productos básicos como el azúcar, el ganado en pie, el café, el etanol, el maíz, los minerales y la soja, a algo aún más vital, el agua. Desde diciembre de 2020 se inició la negociación del activo NQH20, primer contrato de futuros de agua en el mundo (Puga, 2021). Solo en lugares donde el agua es tratada como un producto, donde se compran y venden derechos de uso y concesiones, lo que ocurre en California (EE.UU.). Este contexto incluye grupos de especuladores financieros que negocian cualquier tipo de activo financiero en busca de ganancias en la diferencia entre comprar y vender, promoviendo una desconexión entre el mercado y los objetos de las inversiones, sin exigirles el disfrute de los activos que negocian.Brasil ya tiene las siguientes empresas listadas en la Bolsa de Valores:
Companhia de Saneamento do Paraná (Sanepar): listado bajo los símbolos SAPR3, SAPR4 y SAPR11;Companhia de Saneamento do Estado de São Paulo (Sabesp): listado bajo los símbolos SBSP3;Companhia de Saneamento de Minas Gerais (Copasa): listado bajo los símbolos CSMG3;Companhia Catarinense de Águas e Saneamento (Casan): listadas bajo los símbolos CASN3 y CASN4, sin embargo, estas acciones no son líquidas.
La participación del sector privado en los servicios de abastecimiento de agua y saneamiento aún es pequeña, el gráfico 1 representa este escenario.Gráfico 1 – perfil de los proveedores de servicios de agua y alcantarillado en Brasil

Fuente: IBGE, 2010
Las empresas privadas son muy optimistas sobre el nuevo marco de saneamiento, la ley no. 14.026/2020, ya que su alcance se asienta sobre fundamentos neoliberales de ampliación del mercado para la prestación de servicios públicos vitales a la población, cuya provisión es ineludible. Es importante recordar que la tendencia mundial es la concentración privada de los servicios relacionados con el agua, ya que hoy en día el 75% de la provisión la realizan empresas privadas (Britto y Rezende, 2017).Sin embargo, surge la pregunta de cuál sería la prioridad de estas empresas, universalizando los servicios alcanzando un estándar de correspondencia con los derechos humanos (Tabla 1), o simplemente repartiendo dividendos a los accionistas. En el estudio de Almeida y Húngaro (2021), la segunda hipótesis es señalada como la más plausible a partir del estudio de la Companhia de Saneamento de Minas Gerais (COPASA), dado que aumentó sustancialmente su rentabilidad, reduciendo consistentemente la inversión necesaria para ampliar el sistema. Por lo tanto, esta sería la fórmula básica, aumento de la utilidad y distribución de dividendos con los accionistas, y disminución de la inversión en infraestructura necesaria para la realización de este derecho. Los autores también plantearon las sumas recibidas por el gobierno del estado de Minas Gerais en la distribución de utilidades, señalando que, entre 2006 y mediados de 2020, COPASA ganó a su principal accionista, R$ 1.162 mil millones de reales, lo que sería suficiente para universalizar el saneamiento. en todo el estado. A cierre de 2020, COPASA también repartió 820 millones en pago de dividendos, una cantidad sin precedentes en la historia de la compañía.Este movimiento no se restringe a estos casos, sino que se amplía con el mayor interés de los fondos de inversión globales en la compra de acciones de empresas del sector sanitario. Ante un contexto de apertura que viene del período previo a la nueva ley de saneamiento en Brasil, que apuntan a operaciones de investigación que destruyeron empresas en los sectores de infraestructura, despertando el interés de los mayores grupos de inversión del mundo, como el fondo canadiense Brookfield , compró el 70% de Odebrecht Ambiental, dando origen a BRK Ambiental S.A, el grupo japonés Itochu adquirió parte de Queiroz Galvão en la empresa Águas do Brasil, y en 2018 le tocó el turno a Iguá Saneamento (ex CAB) que expulsó definitivamente al Grupo Galvão de la empresa con el aporte del fondo canadiense Alberta Investment Management Corporation (Sousa, 2022). Así, una estrategia para la consolidación de este proceso de financiarización en el campo del saneamiento, especialmente urbano, se da precisamente en los cambios en la composición del capital de las empresas privadas del sector saneamiento, en las que grupos internacionales, que tienen su origen en el sector financiero global, están ingresando vía adquisición de empresas o participación accionaria en empresas de saneamiento (Britto y Rezende, 2017). Así, es posible verificar que el fenómeno de la financiarización está ligado al desempeño de las empresas privadas del sector sanitario, así como a la lógica presente en las empresas públicas.Según Sousa (2022, 452), de 2012 a 2019, la empresa Aegea, que aumentó la cartera de 29 municipios (2 millones de personas) para 50 (7 millones), ahora cubre 154 municipios, totalizando 21 millones de personas atendidas. Además, el Banco Mundial es el organizador del Grupo de Recursos Hídricos, conocido como WRG 2030. El grupo está formado por varias empresas, como Coca-Cola, Nestlé y Ambev, y suele instalarse en países, estados y municipios donde la privatización para ayudar a crear el modelo regulatorio que se adoptará. La Ley 14.026/2022 viene a complementar esta trayectoria de apertura del mercado a la privatización del sector saneamiento. Otro ejemplo muy reciente en el contexto de Brasil fue la subasta de la Companhia de Água e Esgoto do Rio de Janeiro (CEDAE) que dividió los servicios en 4 bloques, como se muestra en el tabla 3Tabla 3 – Resultado de la Subasta CEDAE
Bloques
Comprador
¿Quién está detrás?
1 e 4
Consorcio Aegea
Formada por el holding Itaúsa, del banco Itaú Unibanco, fondo soberano GIC de Singapur, y el grupo Equipav de Infraestrutura
2
Consorcio Iguá
Formado por BNDESPar, un fondo de inversión del banco de desarrollo brasileño, y otros fondos de desarrollo.
3
Aguas de Brasil
Desarrollador S.A. – Grupo Carioca Engenharia, Queiroz Galvão Participações – Concessões S.A., Trana Participações e Investimentos S.A. y Construtora Cowan S.A.
Elaboración propia
Por lo tanto, es posible verificar la presencia directa de grupos financieros o indirecta cuando existen otros grupos catalogados como infraestructura, pero que tienen la influencia directa de los agentes financieros dentro de un proceso más amplio ya abordado de financiarización del espacio urbano.En América Latina, el sector saneamiento sigue este panorama de concentración del control siendo estatal, con baja participación del sector privado. Chile es una excepción, ya que la mayoría de los controladores de saneamiento son privados. El sector del agua se financia básicamente con recursos públicos, como se puede apreciar en relación al Producto Interno Bruto (PIB) de cada país en el gráfico 2.

Fuente: http://infralatam.info/en/home/
El Gráfico 3 muestra esta relación entre proveedores públicos versus privados en algunos países de América Latina.

Fuente: Cavallo, Powell y Serebrisky, 2020.
Conclusiones:
Es posible observar que la transición de una concepción del agua y el saneamiento como derechos humanos a meros objetos de una política neoliberal de mercantilización de los bienes comunes se encuentra en un proceso acelerado en países como Brasil, de manera similar a lo ocurrido en Chile. Esta articulación se realiza a través de la dinámica del mercado aquí catalogada como financiarización, que es un fenómeno que se ha ido apropiando de los espacios urbanos y promoviendo cambios, creando nuevos espacios y terminando siendo planificador, muchas veces subvirtiendo procedimientos más participativos y democráticos.No parece haber ninguna evidencia que apunte al cumplimiento de todas las dimensiones de los derechos humanos por parte de las empresas privadas. Aún existen vacíos sobre los niveles de cumplimiento de las dimensiones del derecho humano al agua y al saneamiento en la Tabla 2. Por lo tanto, es necesario profundizar la investigación en este sentido, ya que la literatura aún no permite conclusiones más asertivas. En una búsqueda bibliométrica en el repositorio Scopus, se encontraron en esta plataforma 12 publicaciones que presentaban los términos elegidos en sus títulos que relacionaban el fenómeno de la financiarización, el agua y el saneamiento. En la plataforma Web of Science también se repiten resultados similares a Scopus. Por lo tanto, existe la necesidad de ampliar la investigación en este campo. Recordando que solo se consideraron artículos en inglés.América Latina cuenta en gran medida con los servicios de abastecimiento de agua y saneamiento a cargo de empresas públicas, lo que parece ser un campo fértil para expandir el desempeño de la provisión privada. Por lo tanto, es necesario acompañar la evolución del caso brasileño y su apertura a la financiarización del saneamiento, que puede generar alguna influencia regional.Hay un claro proceso de financiarización de los servicios de saneamiento y abastecimiento de agua, dado que son servicios esenciales para la vida de los que nadie puede sustraerse.
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Palabras clave:
Saniamiento
agua
financiarización